
Sociedades por acciones simplificadas. 2019
Tratamiento jurídico y fiscalBy José Pérez Chávez, Raymundo Fol OlguínLength6h 58m
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Conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2017, las microempresas del país (personas morales) pudieron optar por acumular sus ingresos en el momento en que sean efectivamente percibidos, por lo que en este sentido, se les brinda la oportunidad de tributar bajo el régimen de flujo de efectivo. De acuerdo con esto, las personas morales que se citan enseguida podrán optar por pagar el ISR aplicando el régimen de flujo de efectivo:
1. Aquellas que se encuentran constituidas únicamente por personas físicas y que tributen en términos del Título II de la LISR "De las Personas Morales", cuyos ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior (2018) no hayan excedido de la cantidad de $5'000,000.
2. Las que inicien actividades, si estiman que sus ingresos del ejercicio de que se trate no excederán de $5'000,000.
Debido a que el límite de ingresos totales anuales para constituir una sociedad por acciones simplificada en el ejercicio de 2017 era de $5'000,000, en nuestra opinión, el régimen de flujo de efectivo fue diseñado para las referidas sociedades. No obstante, cabe señalar que cualquier persona que reúna los requisitos mencionados también podrá optar por tributar en el citado régimen sin importar si está constituida como una sociedad por acciones simplificadas.
Estos cambios se realizaron a partir de la publicación del "Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles" en el Diario Oficial de la Federación de 14 de marzo de 2016, en el que la denominación del capítulo XIV cambia a "De la Sociedad por Acciones Simplificada", el cual comprende del artículo 260 al 273. De acuerdo con el artículo transitorio único del aludido decreto, este cambio entró en vigor a los seis meses después de la fecha de su publicación, es decir, el 15 de septiembre de 2016.
En esta obra indicamos el tratamiento fiscal (ISR, IVA y PTU) y jurídico que deben atender las personas morales constituidas legalmente como sociedades por acciones simplificadas. En el apartado de ISR incluimos el tratamiento fiscal que deben observar las sociedades cuando optan por tributar conforme al régimen de flujo de efectivo, así como cuando lo hacen en el régimen general de la LISR. En cuanto al IVA, es el mismo tratamiento fiscal (régimen de flujo de efectivo) sin importar el régimen en que tributen para efectos del ISR. Por último, se incluye la mecánica para calcular la renta gravable de la PTU cuando la sociedad por acciones simplificadas opta por pagar sus impuestos conforme al régimen de flujo de efectivo, así como cuando opta por tributar en los términos del régimen general de la LISR.
Audiobook details
GenreBusiness and Economics
Length6 hrs 58 mins
Narrated byListen with 1,000+ voices
FormateBook with Audio
Publish dateJun 4, 2019
LanguageSpanish
Table of contents
1Introduction
2CONTENIDO
3ABREVIATURAS
4INTRODUCCION
5APARTADO I TRATAMIENTO JURIDICO DE LAS SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS (S.A.S.)
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61. Entrada en vigor de las disposiciones aplicables a las sociedades por acciones simplificadas
72. Concepto
83. Denominación
94. Están reconocidas por la Ley General de Sociedades Mercantiles
105. Se pueden constituir como sociedades de capital variable
116. Inscripción en el Registro Público de Comercio
127. Requisitos y procedimiento para constituirse
138. Requisitos que deben contener los estatutos sociales
149. Modificaciones a los estatutos sociales
1510. No están obligadas a formar el fondo de reserva
1611. Asamblea de Accionistas
1712. Representación
1813. Reglas para la toma de decisiones de la Asamblea de Accionistas
1914. Distribución de utilidades
2015. Informe anual sobre la situación financiera de la sociedad
2116. Disposiciones que regulan a la sociedad anónima, aplicables a la sociedad por acciones simplificada
22APARTADO II TRATAMIENTO FISCAL
23CAPITULO I LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
24REGIMEN DE FLUJO DE EFECTIVO (SISTEMA DE BASE EFECTIVO)
251. Pueden optar por aplicar este régimen: A. Presentación de aviso para ejercer esta opción
262. Personas morales que inicien actividades
273. Personas morales que no podrán optar por aplicar este régimen
284. Ingresos acumulables
295. Otros ingresos acumulables
306. Ingresos no acumulables: A. Caso en que no se acumularán los ingresos percibidos en el ejercicio de 2018
317. Momento en que se acumulan los ingresos: •Caso práctico
328. Deducciones autorizadas: A. Caso en que no se efectuará la deducción de erogaciones realizadas
339. Momento en que deben efectuarse las deducciones
3410. Requisitos que deben reunir las deducciones autorizadas
3511. Deducción de compras netas efectivamente pagadas: A. Tratamiento fiscal de los inventarios que se tenían al 31 de diciembre de 2017
3612. Deducción de inversiones
37A. Deducción de inversiones en varios ejercicios
38•Tratamiento fiscal de las inversiones que se tenían al 31 de diciembre de 2017
39B. Deducción de pérdidas de bienes por caso fortuito o fuerza mayor
40C. Deducción de inversiones por arrendamiento financiero
41•Casos prácticos
4213. Exceptuadas de calcular el ajuste anual por inflación al cierre del ejercicio
4314. Pérdidas fiscales
4415. Obligaciones fiscales
45A. Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
46B. Llevar contabilidad
47C. Expedir comprobantes fiscales
48D. Expedir comprobantes fiscales de pagos efectuados a residentes en el extranjero
49E. Formulación del estado de posición financiera
50F. Presentar declaración anual