
Estudios críticos de la jusrisprudencia de la Corte Suprema de Justicia 3
By Ricardo Posada Maya, Fernando Velásquez Velásquez, María Camila Correa FlórezLength16h 18m
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Uno de los problemas usuales en Colombia, a la hora de abordar el estudio científico del derecho penal, tanto general como especial, consiste en advertir la separación, por cierto muy peligrosa, que se da entre la práctica de la Corte Suprema de Justicia y los Tribunales o jueces y la academia o la doctrina nacional. Un divorcio que se alimenta de la indiferencia de unos y otros, cuando no de una franca actitud hostil, que tiene consecuencias tanto diversas como imprevisibles en la construcción del Derecho Penal nacional y, desde luego, en la enseñanza de las ciencias penales. Así, por ejemplo, desde el punto de vista de la judicatura, la falta de sintonía hace imposible, por regla general, resolver con mayor solidez jurídica ciertos problemas o casos respecto de los cuales la doctrina ya ha propuesto soluciones innovadoras o claras, tanto desde una perspectiva dogmática como político-criminal.
Audiobook details
GenrePolitics and Government
Length16 hrs 18 mins
Narrated byListen with 1,000+ voices
FormateBook with Audio
Publish dateJan 2, 2017
LanguageSpanish
Table of contents
1ESTUDIOS CRÍTICOS DE JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
2Ricardo Posada Maya Fernando Velásquez Velásquez María Camila Correa Flórez (Coordinadores)
3ESTUDIOS CRÍTICOS DE JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
4Lista de autores
5Ricardo Posada Maya
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6Jorge Juan Ballén Saldarriaga
7Presentación
8Prof. Ricardo Posada Maya
9Comentario I
10I. INTRODUCCIÓN Y HECHOS RELEVANTES
11dencia mencionada en los siguientes términos:
12II. ANÁLISIS
136 Cassese, International Criminal Law, p. 14. 7
1413 Cancio Meliá, Delitos de organización, pp. 15-16.
1515 Silva Sánchez, Delitos de organización, p. 5.
1618 Sánchez García De Paz, “Problemas de legitimidad de una respuesta excepcional
1719 Silva Sánchez, Delitos de organización, p. 5.
18B. Bien jurídico tutelado.
19fusiones y (con) fusiones, p. 34.
20Chaljub.
21noviembre de 2000.
22b) El ánimo de permanencia como elemento subjetivo del delito
23toría impropia de la siguiente manera:
24D. Antijuridicidad material.
25b) La puesta en peligro del bien jurídico de la Seguridad Pública
2685 Cancio Meliá, Delitos de organización, p. 45.
2786 Cancio Meliá, Delitos de organización, pp. 49-50.
2887 Montealegre Lynett, Funcionalismo y normativismo penal, p. 14. 88 89
29III. REFLEXIÓN FINAL
30de 2004. M.P.: Sigifredo Espinosa Pérez. Ibíd.
31105 Roxin, Derecho Penal, Parte General, p. 194.
32IV. BIBLIOGRAFÍA
33Ibáñez, Bogotá, 2012.
34___. Sentencia No. 503 del 17 de julio de 2008.
35___. Sala de Casación Penal, Sentencia Rad 17089 del 23 de septiembre
362010, M.P.: María del Rosario González de Lemos.
37Comentario II
38I. INTRODUCCIÓN
39II. HECHOS RELEVANTES
40III. ACTUACIÓN PROCESAL
41tan solo un criterio orientador de la decisión.
42IV. PROBLEMA JURÍDICO
43Fase de investigación.
44Ídem. Secc. 1.2.1.
45V. ANÁLISIS DE LA DECISIÓN
46máximo de la pena fijada por la ley (inciso 1º).
47b) En la mitad, cuando la conducta punible se inicia o consuma
4849 Velásquez Velásquez, Manual, p. 89.
49VI. REFLEXIÓN FINAL
50VII. BIBLIOGRAFÍA