
El acceso al agua potable: un deber estatal
By Richard Steve Ramírez GrisalesLength9h 39m
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"Preguntar cómo van las cosas y si pueden mejorar es una parte ineludible de la búsqueda de la justicia" [2012]. Esta reflexión de Amartya Sen orienta los tres contenidos del libro: 1. Permite comprender las condiciones en que opera el actual esquema de prestación del servicio de acueducto. 2. Justifica por qué la actual protección judicial otorgada por la Corte Constitucional, en los casos de suspensión del servicio, no es idónea. 3. Define una propuesta acerca de cómo el Estado ha de cumplir su deber de satisfacer la necesidad básica de acceso al agua potable. En suma, el autor justifica, de una manera novedosa, cómo el Estado ha de cumplir su deber de satisfacer la necesidad básica de acceso al agua potable, a partir de un exhaustivo estudio de caso en la jurisprudencia constitucional colombiana, la noción de necesidad básica, el concepto de derecho fundamental social de acceso al agua potable, y el enfoque de las capabilities desarrollado por Amartya Sen y Martha Nussbaum.
Audiobook details
GenrePolitics and Government
Length9 hrs 39 mins
Narrated byListen with 1,000+ voices
FormateBook with Audio
Publish dateOct 1, 2016
LanguageSpanish
Table of contents
1Tesis doctorales Doctorado en Derecho n.º 8
2Richard Steve Ramírez Grisales
3Constitucional
4introducción
5en el sistema de ecuaciones que se describe en el anexo II.
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6III. la NocIóN de “NeceSIdad BáSIca”
720 BerNal pulIdo, “Fundamento, concepto y estructura de los derechos socia-
8Iv. el eNfoque de la capacIdad
9356 y 365 de la Constitución.
10vI. la juStIfIcacIóN moral de la teSIS
11tiene un consumo mensual promedio de agua potable de 15,4 metros cúbicos9.
12Cargo fijo de acueducto mensual
13Cargo fijo de alcantarillado mensual
14II. laS etapaS de la garaNtía judIcIal del derecho eN colomBIa
15C. La prohibición de suspenderles la prestación del servicio a ciertas “personas”
16ciones Uniandes-Legis, 2006, pp. 162, 165.
17a la que ya se hizo referencia.
184 carloS BerNal pulIdo, “El carácter fundamental de los derechos fundamen-
197 BerNal pulIdo, “Fundamento, concepto y estructura de los derechos socia-
2031 Ibid.
21de vulnerabilidad iusfundamental–, exigir un específico deber de ayuda estatal.
22del Decreto 1575 de 2007.
23potable.
24Q
2549 En este sentido, tugeNdhat, ibid., p. 346.
2657 bolivia. Tribunal Constitucional. Sentencia Constitucional 1106 de 2010-R.
27South africa, act 108 of 1996.
28las enmiendas de la Constitución de massachusetts.
29de Pennsylvania.
3071 comIté de derechoS ecoNómIcoS, SocIaleS y culturaleS, observación
31general 15, op. cit.
3290 martíNez de pISóN, op. cit., pp. 105-106, 110.
33Iv. colofóN: la plauSIBIlIdad de uNIverSalIzar la teSIS
34Funciona- mientos logrados
35diciones de la ecuación (2), de que da cuenta el anexo II.
36A. Los fundamentos del deber moral
3722 véase supra, numeral II.a del capítulo primero.
3826 uNIted NatIoNS humaN SettlemeNtS programme (Un-habitat), Water &
39ción”, op. cit., p. 42.
40centavos de dólar el 22 de enero de 2015–.
41residuales: mes de facturación enero 2015, op. cit.
42ecuación 3, de que da cuenta el anexo II.
43I. la vulNeraBIlIdad como auSeNcIa de capacIdad
44II. laS perSoNaS eN SItuacIóN de vulNeraBIlIdad IuSfuNdameNtal
45A. La condición endógena de recibir una especial protección
46ción propia).
47Yakye axa vs. Paraguay. Cit.
48xákmok Kásek vs. Paraguay. Cit.
49III. el cumplImIeNto de la SeguNda parte del deBer eStatal
5034 Estas condiciones, como ya se señaló, encuentran un expreso reconocimiento