
La migración de ideas constitucionales en la jurisprudencia de la corte constitucional colombiana
By Ivan Otero SuárezLength13h 34m
About this audiobook
Las últimas décadas del siglo XX representan un periodo de transformación global en la actividad judicial. La inter- nacionalización y globalización del derecho, así como la era de la informática, cambiaron la forma en cómo los jueces y sobre todo las Cortes Constitucionales, se comunican entre sí, resuelven sus casos y construyen su jurisprudencia. Gracias al fácil acceso en las distintas bases de datos de contenido jurídico, como también a los porta- les electrónicos judiciales donde empezaban a publicarse las sentencias, los jueces pasaron de estar parcialmente aislados en sus propios ordenamientos, a estar mayor- mente interconectados. Esta interconexión generó la producción del fenómeno denominado como uso voluntario de derecho foráneo en sede judicial, el cual ha sido estudiado por el derecho constitucional comparado a través de distintas teorías. En la presente obra, se ha escogido la de la migración de ideas constitucionales para analizar su materialización en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana, producto de la incorporación de doctrinas jurisprudenciales foráneas, en lo que res- pecta a los límites al poder de reforma constitucional; el objeto del control de constitucionalidad; y la extensión de las fuentes de derecho como instrumento de integración normativa y parámetro de control de constitucionalidad.
Audiobook details
GenrePolitics and Government
Length13 hrs 34 mins
Narrated byListen with 1,000+ voices
FormateBook with Audio
Publish dateApr 1, 2024
LanguageSpanish
Table of contents
1Portadilla
30I. La doctrina de la Sustitución de la Constitución: su incorporación y evolución en Colombia
2Contenido
31A. El origen de la doctrina de la Sustitución de la Constitución para Colombia puede situarse en la doctrina de la Estructura Básica creada por la Corte Suprema de Justicia de la India
3Prólogo
32B. Incorporación en Colombia de la doctrina de la Estructura Básica bajo el nombre de la doctrina de la Sustitución de la Constitución
4Introducción
33C. Evolución de la doctrina de la Sustitución de la Constitución en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana
5Capítulo Primero: De la Comunicación Transjudicial Horizontal a la Migración de Ideas Constitucionales. La búsqueda por encontrar una teoría autónoma y completa que explique el uso de derecho foráneo por parte de las Cortes Constitucionales locales
341. Primera etapa de evolución: la estructuración de la doctrina de la Sustitución de la Constitución (2001-2005)
Show all chaptersShow less
6Introducción
352. Segunda etapa de evolución: el afianzamiento de la doctrina de la Sustitución de la Constitución (2006-2012)
7I. Las últimas décadas del siglo xx representan un cambio global en la forma cómo los jueces, y sobre todo las cortes constitucionales, se comunican entre sí, resuelven sus casos y construyen su jurisprudencia 37 A. Conclusión y valoración personal
363. Tercera etapa de evolución: entre la ampliación y la autorrestricción del alcance de la doctrina de la Sustitución de la Constitución (2013-2021)
8II. La obra de Slaughter abrió el camino para que otros doctrinantes comenzaran a estudiar y elaborar teorías que permitieran una comprensión más amplia del uso de derecho foráneo por parte de las cortes locales de distintos ordenamientos: A. Conclusión y valoración personal
37D. Consecuencias, efectos o implicaciones de la materialización del fenómeno de la MIC a nivel local
9III. La teoría de la Migración de Ideas Constitucionales (MIC) permite estudiar y analizar el uso de doctrinas jurisprudenciales foráneas por parte de las cortes locales: A. Conclusión y valoración personal
38E. Conclusiones y valoración personal
10IV. A pesar de que el fenómeno del uso de derecho foráneo por parte de las cortes locales es una realidad, su aceptación no ha sido del todo pacífica
39II. La doctrina del Derecho Viviente: su incorporación y evolución en Colombia
11A. Tesis que sostienen que el uso de derecho foráneo por parte de las cortes constitucionales locales es una actividad ilegítima
40A. El origen de la doctrina del Derecho Viviente para Colombia puede situarse en la doctrina del mismo nombre creada por la Corte Constitucional italiana
12B. Tesis que sostienen que el uso de derecho foráneo por parte de las cortes constitucionales locales es una actividad legítima
41B. Incorporación en Colombia de la doctrina jurisprudencial foránea del Derecho Viviente
13C. Resultaría legítimo que las cortes constitucionales locales utilicen derecho foráneo, siempre y cuando se encuentre justificado y en los contextos adecuados
42C. Evolución y aplicación de la doctrina del Derecho Viviente en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana
14D. Conclusión y valoración personal
431. Control de constitucionalidad del Derecho Viviente por vía directa
15V. No existe un único método a través del cual las cortes constitucionales locales puedan usar o incorporar derecho foráneo en su jurisprudencia: A. Conclusión y valoración personal
442. Control de constitucionalidad del Derecho Viviente por vía indirecta
16Capítulo Segundo: Las Cortes Constitucionales locales han adoptado distintas posturas frente al fenómeno de la Migración de Ideas Constitucionales
45D. Consecuencias, efectos, implicaciones de la materialización del fenómeno de la MIC a nivel local
17Introducción
46E. Conclusiones y valoración personal
18I. Las Cortes Constitucionales locales actuales trabajan como una empresa o comunidad global que desea cumplir objetivos similares: A. Conclusión y valoración personal
47III. Doctrina foránea del “Bloque de Constitucionalidad”: su incorporación y aplicación en Colombia
19II. A pesar de plantearse la existencia de una empresa o comunidad global conformada por las distintas cortes constitucionales locales, no podría hacerse lo mismo respecto a su postura frente a la aplicación del fenómeno de la MIC
48A. El origen de la doctrina del Bloque de Constitucionalidad para Colombia puede situarse en la doctrina del mismo nombre creada por el Consejo Constitucional francés
20A. La postura restrictiva de algunas Cortes Constitucionales que han optado por limitar o restringir la aplicación del fenómeno de la MIC
49B. Incorporación en Colombia de la doctrina jurisprudencial foránea del Bloque de Constitucionalidad
21B. La postura permisiva de algunas cortes constitucionales que han optado por aplicar o fomentar la aplicación del fenómeno de la MIC
50C. Evolución y aplicación de la doctrina del Bloque de Constitucionalidad en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana
22C. La postura intermedia o ambigua de algunas cortes constitucionales que no han optado por darle una aplicación directa y reiterada al fenómeno de la MIC
511. Primera etapa de evolución: la incorporación y el asentamiento de la doctrina del Bloque de Constitucionalidad (1995-2005)
23D. Conclusión y valoración personal
522. Segunda etapa de evolución: la complejización de la doctrina del Bloque de Constitucionalidad (2004-2013)
24III. La Corte Suprema de Justicia estadounidense puede representar o simbolizar a aquellas cortes que han limitado la aplicación del fenómeno de la MIC en su jurisprudencia: A. Conclusión y valoración personal
533. Tercera etapa de evolución: ¿hacia la inseguridad jurídica? (2013-2021)
25IV. La Corte Constitucional de Sudáfrica puede representar o simbolizar a aquellas cortes que están de acuerdo con el fenómeno de la Migración de Ideas Constitucionales y que le han dado aplicación en su jurisprudencia: A. Conclusión y valoración personal
54D. Consecuencias, efectos e implicaciones de la materialización del fenómeno de la MIC a nivel local
26V. La Corte Constitucional colombiana ha adoptado desde sus inicios una postura permisiva frente al fenómeno de la MIC, que ha fomentado a través del recurso al derecho comparado: A. Conclusión y valoración personal
55E. Conclusiones y valoración personal
27VI. Existen causas y usos comunes a las cortes constitucionales locales, que pueden explicar por qué y para qué propician la materialización del fenómeno de la MIC: A. Conclusión y valoración personal
56Conclusiones
28Capítulo Tercero: En la incorporación de las doctrinas jurisprudenciales foráneas de la Sustitución de la Constitución, del Derecho Viviente y del Bloque de Constitucionalidad, puede evidenciarse la materialización del fenómeno de la Migración de Ideas Constitucionales para el caso colombiano
57Bibliografía citada y consultada
29Introducción