
El contrato sindical
Un análisis desde la libertad sindicalBy Carlos Hernando Sanjuan NavarroLength4h 48m
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Es un libro que aborda la compleja relación entre los sindicatos y el marco laboral contemporáneo. En este texto, el autor explora cómo los contratos sindicales funcionan como instrumentos de regulación entre los trabajadores, sus representantes y los empleadores. A través de un análisis exhaustivo, se examinan los derechos y obligaciones que surgen de estos contratos, así como su impacto en la negociación colectiva.
El libro no solo presenta un análisis teórico sobre la naturaleza y la función del contrato sindical, sino que también incluye casos prácticos y ejemplos reales que ilustran cómo estas dinámicas se desarrollan en diferentes contextos laborales. Además, se discuten las implicaciones legales y los desafíos que enfrentan tanto los sindicatos como los trabajadores en un entorno en constante cambio, marcado por la globalización y las nuevas formas de trabajo.
Audiobook details
GenrePolitics and Government
Length4 hrs 48 mins
Narrated byListen with 1,000+ voices
FormateBook with Audio
Publish dateFeb 1, 2021
LanguageSpanish
Table of contents
1EL CONTRATO SINDICAL
2EL CONTRATO SINDICAL
3123 paginas 15 x 23cm
4Diseño de portada: Vanessa Peña A.
5Glosario
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6Introducción
7LA CONTRATACIÓN SINDICAL EN COLOMBIA
81 Artículo 482 del CST. 2
9Naturaleza jurídica del contrato sindical
10“Resulta así que la jurisprudencia de la Corte ha reconocido la autonomía y la validez del contrato sindical, que puede convertir a la organización contratista en verdadero patrono de sus afiliados
11Sin embargo, otra organización de gran peso en la esfera sindical
12Debemos recordar que la figura del contratista independiente se encuentra regulada por el artículo 34 del CST, que señala que estos son:
13Como bien indica la Sentencia C-063 de 2008:
14Corte Constitucional, Sentencias T-303 y 457, 2011.
15Así, en la Sentencia C-617 de 2008 se dijo:
16Plantea Vargas Ávila (2010) que:
17Sobre la necesidad de ser trabajador subordinado de una empresa
18Continuando con el análisis conceptual de los pronunciamientos del CLS, al estudiar la estructura que pueden adoptar los sindicatos se manifestó de la siguiente manera:
19Se ha sostenido al respecto:
20A partir del estudio de la jurisprudencia previa relevante en la
21materia indicó:
22Los derechos democráticos al interior de la organización sindical
23Es decir, la asamblea general, además de aprobar o improbar la celebración de un contrato sindical, es la encargada, de manera
24Las condiciones de trabajo de los afiliados partícipes
25Como señala Pérez García (2016):
262.3.3. Régimen de compensaciones sindicales
27Constitucional al respecto indicó:
28Ante el CLS de la OIT se tramita el caso 3137 (Colombia), con fecha de presentación de queja 10 de junio de 2015, propuesta por la CUT, a través de la cual se intenta cuestionar la legalidad del contrato colectivo sindical.
29De acuerdo con el recuento que hace el propio CLS:
30La entidad querellante deduce de lo anterior 3 principales problemas:
31Sobre el aparte citado en concreto es dable señalar, como fue estudiado en el capítulo anterior, que el Decreto Reglamentario 036 de 2016 contiene preceptos claros respecto de la participación
32Retomando el sentido de la querella estudiada, en esta se indica
33Al referirse en concreto a la señalada intermediación laboral que
34“Subcontratación de mano de obra:
35precisando:
36siguiente manera:
37Termina por concluir el alto tribunal de lo contencioso administrativo que la tercerización laboral, entendida como el suministro de bienes y servicios, es permitida por los convenios de la OIT.
38Finalizado el anterior recuento deben quedar claro algunos puntos:
39El CLS se plantea la siguiente pregunta problema:
40Estabilidad en el empleo
41Por su parte la Corte Constitucional ha sostenido al respecto:
42Evidentemente, esta certeza permite la materialización y el desarrollo de otros derechos también fundamentales, como el derecho al trabajo, a la seguridad social, al mínimo vital y a la dignidad humana.
43Para el autor la interpretación de estos derechos se hará desde el proteccionismo laboral, garantizando la materialización de los principios de la favorabilidad, la condición más beneficiosa y la in dubio pro-operario, en el marco de una sociedad democrática que desarrolla la justicia y el bien común.
44En caso contrario se materializaría el peligro que advierte el CLS:
45Complementa lo anterior de la siguiente manera:
46Sin embargo, en el capítulo 3 del presente texto, se expondrá como las organizaciones de trabajadores de industria pueden materializar activamente el derecho de negociación colectiva en su visión más ortodoxa, a través de la negociación sectorial.
47Capítulo III La contratación colectiva sindical en Colombia
48El principio de estabilidad en el empleo en el contrato sindical
49En tal sentido, no tiene una justificación desde la finalidad de la contratación sindical que un afiliado partícipe que ha desarrollado
50Para la Corte Constitucional, por su parte, es un elemento esencial