
Responsabilidad penal de la empresa multinacional ¿Filosofía o sociología de los derechos humanos? Tesis doctorales doctorado en derecho N. 14
By William J ParraLength32h 59m
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Quien pretenda, como lo hace el autor de este trabajo, proponer un modelo de responsabilidad penal para las empresas multinacionales (EMN) se adentra en ámbitos de estudio e investigación aún en plena construcción. Es más, diría, sin temor a equivocarme, que emprende una titánica tarea, pues se enfrenta a concepciones tradicionales del derecho penal, del derecho internacional y del derecho de los derechos humanos, con las cuales, muy a pesar de su aceptación teórica, no será posible aportar soluciones satisfactorias en la sociedad global de hoy. Ahora bien, eso fue precisamente lo que William J. Parra advirtió desde el inicio de esta investigación, de tal manera que la necesidad de superar los estáticos paradigmas teóricos fue el norte de este trabajo, orientado a construir un modelo que en verdad explicara la realidad del funcionamiento de las empresas multinacionales en la sociedad moderna e internacional, su posición normativa y los criterios de su responsabilidad (especialmente de orden penal).
Audiobook details
GenrePolitics and Government
Length32 hrs 59 mins
Narrated byListen with 1,000+ voices
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Publish dateJan 1, 2019
LanguageSpanish
Table of contents
1Tesis doctorales Doctorado en Derecho n.º 14
2William J. Parra
3de la empresa en zonas de gobernanza insuficiente y conflicto armado interno
4C. La fundamentación de la negación de los derechos
5B. La institucionalización de los derechos humanos
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6en el derecho comparado
7en el nivel internacional
8C. El contenido mínimo de los programas
9D. La regulación de la autorregulación penal de la emN
10BIBlIogrAfíA
11Prof. Dr. Jorge Fernando Perdomo Torres Bogotá, abril de 2019
12introducción
136 luhmANN, Organización y decisión, cit.
14cit.
1514 luhmANN, NIKlAS, La sociedad de la sociedad, Herder y Universidad Iberoame-
16de la siguiente forma:
17sistemas psíquicos individuales y de los sistemas de la interacción humana18.
18tivos y positivos de su actividad sobre el entorno humano y social2.
199 NIeto mArtíN, AdÁN, “El cumplimiento normativo”, en Manual de cumpli-
20miento penal de la empresa, cit., p. 41.
21nacional, cit., p. 214-223.
22responsabilidad social empresarial”, cit., p. 1-37.
23nacional, cit., p. 206.
24Naciones Unidas, Red-Desc, 2009, p. 7.
25del consumidor y obligaciones en materia de protección del medio ambiente27.
26Naciones Unidas, Red-Desc, 2009, p. 8.
27política social, 3.ª ed., Ginebra, Oficina Internacional del Trabajo, 2001.
28ponsabilidad social empresarial”, cit., p. 15.
29nacional, cit., p. 170-174.
30empresa: complicidad directa, complicidad de usufructo y complicidad silenciosa.
31en la gestión empresarial, cit., p. 12.
32sariales y de los Estados frente al respeto de los derechos humanos47.
33Naciones Unidas, Red-Desc, 2009, p. 4.
34rado de la siguiente forma:
35Desde la perspectiva de la sociología de los sistemas
3686 KreIde, “Justicia global, pobreza y responsabilidad: ¿tienen obligaciones las
37empresas trasnacionales?”, cit., p. 101-133.
3888 NIeto mArtíN, AdÁN, “Lección I. El cumplimiento normativo”, en Manual
39de cumplimiento penal de la empresa, cit., p. 25-48.
40nacional, cit., p. 242.
41derecho internacional, cit., p. 244.
42c. lA emPreSA y el delIto de geNocIdIo
43d. lA emPreSA y loS delItoS de leSA humANIdAd
44crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra.
45vol. x, cit., p. 2.
4644 Comisión Internacional de Juristas, Complicidad empresarial y responsabilidad
47aplicar los principios de limitación y proporcionalidad para evitar los daños colaterales.
48merciales, de conformidad con el dih, cit., p. 21.
49nacional, cit., p. 247.
50a los derechos humanos (caso Apartheid, caso Diamantes de sangre, entre otros)57.