
Manual práctico para candidatos, apoderados y testigos electorales en la audiencia de escrutinios dentro del proceso electoral colombiano
By Álvaro Namén VargasLength5h 47m
About this audiobook
Es una guía detallada diseñada para orientar a los involucrados en el proceso electoral en Colombia, especialmente durante las audiencias de escrutinio. El manual proporciona herramientas prácticas y estrategias para navegar por los aspectos legales y procedimentales de las audiencias electorales.
El objetivo del manual es ofrecer una guía clara y accesible para candidatos, apoderados y testigos electorales, con el fin de facilitar su participación efectiva en las audiencias de escrutinio durante el proceso electoral. El libro busca mejorar el entendimiento y la preparación de estos actores clave, asegurando que estén bien informados sobre sus derechos, deberes y las mejores prácticas para la defensa de sus intereses durante las audiencias.
Audiobook details
GenrePolitics and Government
Length5 hrs 47 mins
Narrated byListen with 1,000+ voices
FormateBook with Audio
Publish dateApr 1, 2023
LanguageSpanish
Table of contents
1Álvaro Namén Vargas
2160 Páginas; 15x23 cms
3© Grupo Editorial Ibañez
4Contenido
5Presentación
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6Augusto Hernández Becerra
7INTRODUCCIÓN Y OBJETO
8DEFINICIÓN Y FUNCIÓN DE LOS ESCRUTINIOS EN MATERIA ELECTORAL
9PRINCIPIOS RECTORES EN MATERIA ELECTORAL
10de 1986 (Código Electoral) en el que se enlistan los principios orientadores de las elecciones, en los siguientes términos:
11Igualmente, la jurisprudencia ha sido reiterativa en señalar que, en virtud del principio de verdad electoral, se debe garantizar que los resultados de las elecciones reflejen, de manera fidedigna, la voluntad popular expresada en las urnas.
12De la normativa constitucional
13Cantillo.
14De la normativa legal
154.2.1. Decreto Ley 2241 de 1986 y Leyes 62 de 1988
16Ley Estatutaria 163 de 1994
17Ley Estatutaria 1475 de 2011
18Ley Estatutaria 1909 de 2018
19De la normativa reglamentaria
20TIPOS DE ELECCIONES EN COLOMBIA
21IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DE ASISTENCIA TECNOLÓGICA EN LOS ESCRUTINIOS
22propósito implican que un técnico pueda verificar la funcionalidad y arquitectura, como bien lo pensó el legislador al promulgar la Ley Estatutaria 1475 de 2011.
23electoral contra el acto de elección del Senado de la República 2014-2018, en el que dispuso:
24DE LAS AUTORIDADES E INSTANCIAS DE ESCRUTINIO
2514 Mejía, G. Régimen jurídico de las elecciones en Colombia. Medellín: Ediciones
26Escrutinio de mesa
27DE LOS FORMULARIOS ELECTORALES
28DE LOS CLAVEROS Y EL ARCA TRICLAVE
29DE LOS IMPEDIMENTOS E INHABILIDADES DE LAS AUTORIDADES ESCRUTADORAS Y CLAVEROS
30DE LA LOGÍSTICA Y PROCEDIMIENTO DE LOS ESCRUTINIOS
3121 Consejo de Estado, Sección Quinta, Ídem.
32En este marco, se observa que el Código Electoral y la Ley Estatutaria 1475 de 2011 establecen el siguiente orden de escrutinios, según el tipo de elección:
33Escrutinio de mesa
34Fuente: elaboración propia.
3524 Registraduría Nacional del Estado Civil. Comisiones escrutadoras:
36elección de presidente y vicepresidente de la república. Bogotá, 2022d.
37Flujograma núm. 2
38Fuente: Registraduría Nacional del Estado Civil25.
39Los delegados del Consejo Nacional Electoral pueden solicitar las actas de escrutinios que conserven los funcionarios o corporaciones, que deberán ser enviadas de manera inmediata, así como solicitar cualquier otro documento que estimen necesario (artículo 179 del Código Electoral).
40Escrutinios del Consejo Nacional Electoral
41DE LA LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA POR ACTIVA PARA ACTUAR EN ESCRUTINIOS
42En este orden de ideas, resulta indispensable tener en cuenta que, en el caso analizado, a pesar de que la reclamación inicial fue presentada por un candidato diferente al que, con posterioridad, decidió presentar una apelación basada en la decisión tomada por la comisión escrutadora al atender la reclamación original, es infundado señalar la falta de legitimación para apelar pues, según el Consejo de Estado, el recurso, en todo caso, fue interpuesto por alguien legitimado para actuar en la audiencia.
43DE LAS RECLAMACIONES Y RECURSOS
44En primera instancia, los testigos electorales en los puestos de votación podrán realizar, verbalmente o por escrito, las siguientes reclamaciones, según se advierte en el artículo 122 de dicho Decreto:
4527 Consejo de Estado, Op. cit., 2018. 28
46Ibid.
47autorizados conforme la Ley.
4832 Registraduría Nacional del Estado Civil. Op. cit., 2022a.
49En todo caso, los testigos, apoderados o candidatos deberán solicitar y verificar los actos administrativos que fijaron la fecha de la elección para invocar esta causal de reclamación.
50También, la Sección Quinta del Consejo de Estado, en