
La interpretación de leyes y normas tributarias
By Édgar José Moya MillánLength5h 5m
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El enfoque económico de la interpretación de las normas tributarias nace en Alemania en el año 1919 y fue incorporado en la Ordenanza Tributaria del Reitch, u Ordenamiento Tributario del Reitch, ante la imposibilidad de los tribunales fiscales de aplicar los gravámenes, ya que la base de la imposición estaba establecida por elementos del derecho civil.
Posteriormente, este principio fue recogido en Francia en la década de los 20, así como en Italia y Suiza, siendo Argentina el primer país latinoamericano en darle vigencia legal, con las modificaciones que se realizaron a la ley 11.683 en el año 1947, así como con el Código Fiscal de Buenos Aires de 1948, cuyo principal inspirador fue Dino Jarach.
En el año de 1963, la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela hizo varias interpretaciones de las normas tributarias señalando que no es que se aplique el método económico en un sentido exclusivo, sino que como la ley tributaria es una ley ordinaria deben aplicarse todos los métodos reunidos por la ley, es decir, el método literal, el método lógico, el histórico y el económico. Inclusive la Corte llego a expresar que debía usarse el método analógico, –a falta de una norma expresa–, se aplicarían las normas que regulen materias análogas o semejantes al caso de estudio.
Audiobook details
GenrePolitics and Government
Length5 hrs 5 mins
Narrated byListen with 1,000+ voices
FormateBook with Audio
Publish dateFeb 1, 2020
LanguageSpanish
Table of contents
1LA INTERPRETACION DE LEYES Y NORMAS TRIBUTARIAS
2Edgar Jose Moya Millan
3Capítulo VI
4Introducción
5Capítulo I
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6Heliasta, p. 525.
7Rivista Internazionale di Filosofia del Diritto volumen XLIII, p. 290
8de Venezuela. p. 151.
916 Aclaración de sentencia en: http://www.corteconstitucional.gov.co/
10RELATORIA/2011/C-878-11.htm. http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2011/C-878-11.htm.
11Paul, New York, p.p. 13-15.
12Law Review 71/4. p. 607.
1331 Hart. “Jhering’s Heaven of Concepts and Modern Analytical Jurisprudence”, en
14Essays in Jurisprudence and Philosophy, oxford: Clarendon Press, 1983, p. 275.
15LAS TEORÍAS DE LA INTERPRETACIÓN JURÍDICA
16La Teoría de la Exégesis
17Revista de Derecho Privado, p.p. 57-58.
18Ídem. Ibídem.
19La Teoría Dogmática
20La Teoría de la Evolución Histórica
21La Teoría de la Libre Investigación Científica
22La Teoría del Derecho libre
23Kantorowicz habla de cuatros clases de Derecho libre:
24del Derecho”. Buenos Aires: Editorial Losada, p.p. 323-373.
25La Teoría Egológica
26Jurídica La Ley, del 12 de octubre de 1941, Buenos Aires.
27Capítulo II
28LA INTEGRACIÓN DEL DERECHO
29MEDIOS DE INTEGRACIÓN DE LA LEY
30all’estero. Turín: Editorial UTET, 1909, p. 5.
31LAS LAGUNAS DE LA LEY O LAGUNAS DEL DERECHO
32Cultura Económica, p. 64.
33Buenos Aires: Depalma, p. 299.
34PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
35Estado; 1ª. ed. México. D. F.: Ed. Limusa. p. 93.
36ed. México, D.F.: Ed. Porrúa, S.A. p. 370.
37OBJETO DE LA INTERPRETACIÓN
38Álvarez Gardiol3 señala:
39Buenos Aires-Argentina: Editorial Astrea, p. 290.
40Capítulo IV
41EL MÉTODO GRAMATICAL
425 M.F.C. Savigny. (1878). Sistema del derecho romano actual, Tomo I. Góngora:
43Madrid, p. 150.
4411 Gaceta Oficial Extraordinaria N° 4.209 de fecha 18-09-1990. 12
45Traducción de José Luis de los Mozos, Madrid, p. 258.
46Caracas: Editorial Jurídica Alva, p. 8.
47EL MÉTODO LÓGICO
48EL MÉTODO SISTEMÁTICO
49El Problema de la Interpretación Sistemática
50Venezolano, volumen I. Caracas: UCAB, p. 29.