
La adecuación del derecho interno al Estatuto de la Corte Penal Internacional
en el marco de la complementariedad y la cooperaciónBy Myriam Ávila RoldánLength12h 24m
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La creación de un tribunal penal internacional con vocación de permanencia y universalidad, afianzado sobre el principio de complementariedad, impone una amplia gama de desafíos al derecho penal internacional, entre ellos la necesaria interacción y articulación entre los sistemas nacionales de justicia y el órgano de justicia internacional. Dicha interacción exige una implementación del tratado multilateral que crea y regula el organismo internacional, en los ordenamientos jurídicos estatales. El modelo de interacción que más se adecúa a las exigencias del principio de complementariedad es el de la armonización, el cual exige el fortalecimiento del diálogo entre el derecho estatal y el internacional, mediante la implementación. Tomando como referencia las funciones que se adscriben al principio de complementariedad, este libro presenta algunas experiencias precursoras en materia de implementación del tratado en Estados Parte pertenecientes a diferentes continentes y sistemas jurídicos. A la luz de esas experiencias examina el caso colombiano e identifica las deficiencias que subsisten en materia de implementación y advierte sobre los riesgos que ello representa frente a una plena articulación del Estado colombiano a un sistema global de justicia penal basado en la complementariedad y la cooperación.
Audiobook details
GenrePolitics and Government
Length12 hrs 24 mins
Narrated byListen with 1,000+ voices
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Publish dateApr 1, 2015
LanguageSpanish
Table of contents
1INTRODUCCIÓN
21. Presentación
32. Estado actual de la discusión
4CAPÍTULO I. EL MODELO JURISDICCIONAL DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL BASADO EN EL PRINCIPIO DE COMPLEMENTARIEDAD
51. La complementariedad como principio rector del modelo jurisdiccional de la cpi: 1.1. La definición del modelo jurisdiccional de la cpi
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62. La incidencia de la complementariedad en los sistemas nacionales de justicia
73. Las funciones que cumple el principio de complementariedad en la aplicación del sistema de justicia establecido en el ecpi
83.1. La función armonizadora del derecho penal internacional atribuida al principio de complementariedad
93.2. La función dinamizadora del derecho nacional atribuida al principio de complementariedad
103.2.1. Ámbitos en que debe desarrollarse la implementación del Tratado de Roma en los sistemas jurídicos estatales
113.2.2. La naturaleza y alcance de los requerimientos de implementación del Tratado de Roma en los sistemas jurídicos estatales
123.2.3. Los parámetros que orientan la implementación del Tratado de Roma en los sistemas estatales
133.2.4. Los principales obstáculos que presenta el proceso de implementación desde el punto de vista jurídico
143.3. La función reguladora de las relaciones entre la Corte Penal Internacional y las jurisdicciones nacionales, atribuida al principio de complementariedad
153.3.1. La concurrencia de jurisdicciones y el reconocimiento de la jurisdicción preferente de los tribunales nacionales
163.3.2. La adscripción a la Corte Penal Internacional del control sobre su propia jurisdicción, bajo causales de admisibilidad, predeterminadas
173.3.3. El principio de cosa juzgada: la relatividad del efecto de cosa juzgada interna
183.4. La función de salvaguardia de la soberanía de los Estados, atribuida al principio de complementariedad
193.4.1. La admisibilidad está regida por estándares exigentes
203.4.2. La previsión de mecanismos procesales para la preservación de la jurisdicción de los Estados
213.5. La función limitadora, material y formal, de la jurisdicción de la cpi que se atribuye al principio de complementariedad
223.5.1. Límites materiales a la jurisdicción de la cpi. El umbral de gravedad de los crímenes de su competencia
233.5.2. Límites formales a la jurisdicción de la cpi. Ámbitos personal, territorial y temporal
24Conclusión del capítulo
25CAPÍTULO II. LA COOPERACIÓN DE LOS ESTADOS PARTE CON LA CORTE PENAL INTERNACIONAL EN EL MARCO DEL PRINCIPIO DE COMPLEMENTARIEDAD
261. Consideraciones generales sobre el modelo de cooperación establecido en el Estatuto de la cpi
272. Las formas de cooperación previstas en el Estatuto de Roma
282.1. La detención y entrega de personas a la Corte
292.1.1. El alcance de la obligación de detención y entrega
302.1.2. Las exigencias de implementación en materia de detención y entrega
312.1.3. La importancia de distinguir entre la figura de la entrega y la de la extradición
322.1.4. Los mecanismos para resolver eventuales conflictos entre obligaciones internacionales de entrega y extradición
332.2. Las formas de asistencia judicial a la cpi en la conducción de la investigación y el enjuiciamiento
342.2.1. El alcance de la obligación de asistencia judicial
352.2.2. Las causales de denegación de la solicitud de asistencia judicial
362.2.3. Las causales de aplazamiento de la ejecución de las solicitudes de asistencia judicial
372.2.4. Las exigencias de implementación en materia de asistencia judicial
382.3. De la cooperación en materia penitenciaria
392.3.1. Los rasgos fundamentales del sistema de penas previsto en el Estatuto de Roma
402.3.2. La naturaleza y alcance de la obligación de cooperar en materia penitenciaria
41Conclusiones del capítulo
42CAPÍTULO III. ANÁLISIS DE LA EXPERIENCIA COMPARADA SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DEL ESTATUTO DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL
431. Las modalidades de implementación a nivel global
442. El proceso de implementación en América
452.1. La posición política y jurídica del continente americano frente a la cpi. Perspectiva general
462.2. La política de oposición a la cpi implementada por Estados Unidos
472.3. Las formas de implementación adoptadas en el continente americano
482.4. La dimensión sustantiva de la implementación
492.4.1. La tipificación de los crímenes que conforman la competencia de la cpi
502.4.2. La creación de categorías de imputación acordes con el juzgamiento de crímenes internacionales