
El derecho de propiedad privada
By Eduardo Novoa MonrealLength8h 25m
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La noción de propiedad está en la base misma de toda relación del
hombre con la naturaleza y de todo aprovechamiento que aquél haga de
los bienes que esta última le proporciona. Ella delimita en plano legal los
poderes que un hombre puede ejercer sobre las diversas cosas que captura,
produce o fabrica, en relación con los demás hombres, y con ello se convierte
en piedra angular del sistema jurídico, capaz de caracterizarlo e infundirle
contenido, aun en áreas que aparentemente no le están circunscritas en
forma directa, como en el caso de los contratos.
La importancia del concepto de propiedad trasciende ampliamente el
campo del derecho, pues se transforma en el elemento irreductible del sistema
económico que rige en una sociedad concreta y en la variable más esencial
de su régimen social. Con ello aparecen manifiestas sus vinculaciones con
el proyecto político que recibe acogida en esa sociedad. Son evidentes, por
otra parte, sus implicaciones filosóficas y éticas.
La idea de propiedad que tenga efectiva vigencia en determinado país
refleja mejor que ninguna otra el sistema de relaciones interhumanas que
en él impera. Ella se suelda necesariamente con el régimen de producción
establecido y permite adivinar, con mucha aproximación, los criterios
prevalecientes en orden a la naturaleza del Estado y sus funciones, las relaciones de producción, la existencia de clases sociales y la condición del
ser humano como miembro de la sociedad civil.
Difícilmente podría encontrarse, por ello, una categoría jurídica de
mayor resonancia social y más definitoria de la forma que asume la organización institucional de un país, que la propiedad
Audiobook details
GenrePolitics and Government
Length8 hrs 25 mins
Narrated byListen with 1,000+ voices
FormateBook with Audio
Publish dateApr 20, 2026
LanguageSpanish
Table of contents
1EL DERECHO DE PROPIEDAD PRIVADA
2EDUARDO NOVOA MONREAL
3INTRODUCCIÓN
4tà e le proprietà.
5Capítulo I
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6que expresan:
7Edit. Bosch, 1971, pág. 145.
88 Autor citado, en Derecho romano clásico (traducción española), Barcelona, Edit.
918 Véase nota 4 de introducción.
1033 Wolff y Raiser, ob. cit., pág. 323.
11El Rey Sabio, en su Tercera Partida, define al derecho de propiedad
12como:
13no pertenece a la concepción clásica de propiedad privada.
14Siglo xxi Editores, 1977, pág. 190.
15Capítulo II
16CARACTERES, CONTENIDO Y OTROS ASPECTOS DEL DOMINIO SEGÚN EL CRITERIO TRADICIONAL
172 J. Carbonnier, ob. cit., pág. 222.
18al preceptuar:
19ob. cit., pág. 44.
20absoluto desde varios aspectos:
21el Código de Napoleón, 2ª ed., Madrid, 1911, pág. 174.
22Según la fórmula clásica, el dominio, aparte de absoluto, es también
23Barassi, ob. cit., pág. 351.
24Civil de Venezuela.
2546 Con excepción geográfica de la República Socialista de Cuba.
26S. Rodotá, ob. cit., pág. 141.
27disposición, que el propietario puede realizar respecto de la cosa.
28ción stricto sensu es la facultad de transmitir.
29En forma más explícita, el artículo 2518 del Código Civil argentino
30905 del Código Civil alemán70.
31Recordamos que Planiol y Ripert encontraron también contradicción en el concepto
32en el cual se dice:
33soluta de la propiedad privada.
3491 D. Barbero, ob. cit. pág. 233.
35LA EVOLUCIÓN DEL CONCEPTO DE PROPIEDAD PRIVADA
36la que ahora se sustenta con el mismo nombre.
37repetir aquí lo que indicamos en nota 8 de este capítulo.
38personal sobre los bienes de consumo.
3917 Cfr. P. Kalensky, ob. cit., pág. 123.
40bienes de consumo ligados al pequeño comercio y a la economía doméstica.
41nota 12 del cap. i.
42nota 22 de este capítulo.
43ministrativa)37;
44Arquer, ob. cit., pág. 41.
45del capítulo i, pag. 248.
46Fue Josserand quien mejor desarrolló, en una obra famosa52, la noción
4749 Véanse notas 7, 8 y 10 del cap. ii.
4852 Es su obra citada en nota 4 del cap. ii.
49acuerdo con las leyes.
50de este punto.