
Manual de derecho civil
ObligacionesBy Hernando Tapias Rocha, Betty Martínez CárdenasLength16h 45m
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¿Qué puede haber de más fundamental en la vida de un jurista que un libro de derecho de obligaciones? Heredero del derecho romano, pero también en parte del Código Civil francés de 1804 y de modelos posteriores, el derecho de obligaciones es aquella rama del derecho civil en la que se contienen los principios y normas que regulan la constitución, la modificación y la extinción del vinculum juris. Según los romanos, obligacio est vinculum quo necessitate adstringimur alicujus solvendae rei (Inst., III, 13, pr), lo que significa que la obligación es un vínculo de derecho que nos constriñe a una prestación frente a otro. Esta definición es eternal porque hace resaltar el lazo jurídico, vínculo de derecho entre dos o varias personas, el cual se diferencia del derecho real, oponible a todos pero que no obliga más allá de la cosa a la cual ella está unida. Se diferencia también de la obligación moral (deber de conciencia, sin coacción) o de la obligación natural (deber que tiene efectos en caso de ejecución voluntaria) porque, como lo han enseñado los alemanes, en la obligación civil, la Haftung (coacción) da toda su eficacia a la Schuld (deuda). La importancia práctica, social y económica del derecho de obligaciones es evidente. En efecto, la relación obligatoria es el medio a través del cual se lleva a cabo toda forma de colaboración social o económica entre los contratantes. Que sean relaciones mercantiles, laborales o de consumo o entre dos “profanos”, dan nacimiento al lado activo, un crédito, y recíprocamente en el lado pasivo, una deuda. Por lo tanto, en la época moderna, los patrimonios se componen más de obligaciones que de derecho reales. Eso significa que para un jurista, escribir un libro sobre este tema fundamental representa un desafío extraordinario, sobre todo con la evolución vertiginosa de este derecho en estas dos últimas décadas, debido a la fuerza de los derechos periféricos que entran en competencia directa con el derecho común de los contratos: derecho mercantil, derecho bancario, derecho del consumo, de la distribución o de la competencia... Pocos juristas se atreven en Colombia como en Francia o en el resto del mundo. En efecto, con el derecho de obligaciones se conjugan todos los conceptos esenciales del derecho privado con figuras complejas y abstractas, tal como la cesión de crédito, la condenación de deuda, la novación, la delegación...
Audiobook details
GenrePolitics and Government
Length16 hrs 45 mins
Narrated byListen with 1,000+ voices
FormateBook with Audio
Publish dateMay 11, 2026
LanguageSpanish
Table of contents
1VIII
2INTRODUCCIÓN
3Wenceslao Roces, Madrid, Editorial Reus S. A., 1934, pág. 1.
4y sus modalidades.
5Sección i
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6LA ESPECIFICIDAD DE LA DEFINICIÓN
7Sección II
8Capítulo I
9DEL VÍNCULO JURÍDICO O DE DERECHO
103 valEncia rEstrEpo, op. cit., núm. 424, pág. 425.
11con el deudor se convierte en un vínculo puramente abstracto.
12virtud del vínculo jurídico.
13lombiano consagra esta noción en el artículo 1527:
1411 álvaro pérEz vivEs, op. cit., núm. 265, pág. 5.
15prueba que no lo debía, tiene derecho para repetir lo pagado”.
1615 Véase álvaro pérEz vivEs, op. cit., núm. 265, pág. 5.
17§ 2. Modalidades de la obligación, plazo, condición y modo
18resulte de la convención “el indispensable para cumplirlo”.
19suspensivo o extintivo.
20B) La condición
21nuación:
22DEL SUJETO ACTIVO Y DEL SUJETO PASIVO
23Definido el fenómeno de la concurrencia de varios partícipes en una obligación
24§ 1. Obligaciones conjuntas
25daridad y la indivisibilidad.
26§ 2. Obligaciones solidarias
27A) La solidaridad activa
28efectos son:
29son:
30pueden ser invocadas por los demás codeudores.
31no tendrá acción de restitución contra los demás.
32A continuación estudiaremos el tercero: el objeto.
33útil, determinado, posible y licito.
34§ 1. Obligaciones de género y de cuerpo cierto
35§ 2. Obligaciones de objeto múltiple
36y de no hacer.
37A) La indivisibilidad
38una cosa susceptible de división, sea física, intelectual o de cuota.
39de la divisibilidad de las obligaciones, las siguientes:
40que lo posea es obligado a entregarlo”.
41B) Efectos de la indivisibilidad
42C) Efectos de la indivisibilidad en relación con los distintos
43medios de extinción de las obligaciones
44ción indivisible, lo es igualmente respecto de los otros”.
45D) Extinción de la indivisibilidad
46DE LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES. GENERALIDADES
47Analizaremos la clasificación de la escuela clásica, así como la de nuestro
48sección i
49obligación.
50caPítulo i